Noticias

Otras Noticias

SOLICITA DECLARACIÓN DE NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN QUE APRUEBA EL ACTA ACUERDO


SOLICITA DECLARACIÓN DE NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN QUE APRUEBA EL ACTA ACUERDO AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA JUNTA ADMINISTRADORA DE LA CAJA MUNICIPAL DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA CIUDAD DE SANTA FE CPN PABLO OGGERO S/D EDUARDO NÉSTOR CÓCERES, abogado, en mi carácter de Vocal representante de los jubilados y pensionados de la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones, constituyendo domicilio en el Centro de Jubilados y Pensionados de la Municipalidad de Santa Fe, sito en calle San Jerónimo nº 2945 de esta ciudad, ante el Señor Presidente comparezco y digo: Que vengo a solicitar la declaración formal de NULIDAD de la resolución del día de la fecha que aprueba en todos sus términos el Acta Acuerdo suscripto entre la Caja Municipal y la Asociación Sindical de Obreros y Empleados Municipales en base a los siguientes argumentos: 1- En primer lugar por cuanto interpuse en el mes de noviembre del año anterior una impugnación formal del Acta Acuerdo celebrado por usted con los representantes de la Asociación Sindical de Obreros y Empleados Municipales en fecha 12 de noviembre de 2.014, conforme a la copia del mismo que formalmente me fuera entregada en fecha 17 de noviembre del corriente año. 2- Que la misma, no obstante los sólidos fundamentos en los que se basaba no fue contestada, ni tuvo trámite razón por la cual no puedo firmar la resolución actual por cuanto sería convalidar lo que he impugnado. Que en consecuencia solicito respetuosamente al Señor Presidente: a) Tenga por interpuesta nulidad de la presente resolución que se termina firmando en el día de la fecha y que por lo tanto carece de registro fundada en un vicio de nulidad absoluta cual es el de no haber dado respuesta a una presentación anterior, que en copia simple adjunto y en la que se puntualizaban los daños que podría acarrear la firma del Acta Acuerdo; b) Se le de el tratamiento legal respectivo a esta nulidad dentro de un período prudencial bajo apercibimiento de tenerla por denegada tácitamente y recurrir en recurso directo ante la Municipalidad de Santa Fe; c) Se abstenga de producir efectos jurídicos como consecuencia de esta resolución atacada, bajo apercibimiento de recurrir ante la Cámara Contenciosa Administrativa con la medida cautelar respectiva. En el entendimiento que sabrá comprender este requerimiento, que no es en contra de nadie y sí a favor del estado de derecho que exige el cumplimiento de las normas legales por encima de cualquier apresuramiento temporal saludo a usted con la consideración más distinguida. DR. EDUARDO NÉSTOR CÓCERES Vocal de la Junta Administradora